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Preguntas frecuentes

¿Como se presenta un recurso de revisión en la contraloría?

La revisión es el último recurso que se tiene en sede administrativa frente a la CGE. Éste se puede interponer frente al acto de CGE que ya ha confirmado una responsabilidad en contra del servidor o ciudadano. El plazo para interponerlo es de 60 días, contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución original.

Las causales para interponer este recurso son taxativas, es decir, procede únicamente frente a las razones la ley de manera expresa ha previsto. No obstante, la razón por la cual se recomienda realizar este tipo impugnación es aquella que señala:

“Cuando las resoluciones originales hubieren sido expedidas con evidente error de hecho o de derecho, que apareciere de los documentos que constan en el propio expediente o de disposiciones legales expresas”

Esto porque la mayoría de las veces, los errores en los que incurre la CGE al imputar una responsabilidad son de derecho.

Aporte de:

Andrés Moreta

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