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Novedades Jurídicas

Descubre las actualizaciones jurídicas del Ecuador

2017-06-15

La figura de glosa u orden de reintegro no es discrecional

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La sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia señaló que si bien la CGE ostenta la facultad privativa para la determinación de responsabilidades civiles, esta potestad debe remitirse inexorablemente a los presupuestos que configuran el tipo de responsabilidad que se pretende imputar.Motivo por el cual compartió el criterio del Tribunal Contencioso Administrativo que declaró nulo una resolución de la CGE donde se utilizó la figura de la glosa, cuando lo que correspondía era una orden de reintegro. 

2021-09-29

Dejar sin efecto un nombramiento requiere acción de lesividad

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En resolución 780-2021 el Tribunal Contencioso Administrativo de la Corte Nacional dejó sentado su inconformidad y la inconveniencia del precedente de la Corte Constitucional contenido en sentencia 030-18-SEP-CC.Sin embargo señaló que se trata de un precedente que debe ser observado y, en tal virtud, determinó que la administración pública deberá proponer una acción de lesividad cuando, por errores de la administración, se haya otorgado un nombramiento permanente a un funcionario sin concurso de méritos y oposición. 

2021-06-02

Nulidad de responsabilidad administrativa culposa expedida por CGE por no referirse a los parámetros de gradación de la LOCGE

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En Resolución 419-2021 la Sala de lo Contencioso Administrativo de la CNJ señaló que los criterios de gradación prescritos en la LOCGE son: 1) la acción u omisión del servidor; 2) la jerarquía del sujeto pasivo de la sanción; 3) la gravedad de la falta; 4) la ineficiencia en la gestión según la importancia del interés protegido; 5) el volumen e importancia de los recursos comprometidos; 6) el haber incurrido en el hecho por primera vez o en forma reiterada.El no referirse a estos criterios- señala el tribunal- implica una inobservancia del principio de proporcionalidad y garantía constitucional de motivación que afecta de nulidad absoluta el acto 

2021-11-24

Constitucionalidad de la jubilación obligatoria de los funcionarios de carrera: Sentencia No. 58-10-IN/21

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La Corte señaló que la posibilidad de que el servidor que cumpla 70 años de edad continúe en la carrera administrativa, no resulta intensamente intervenido, ya que quien se retira puede seguir prestando su colaboración en cargos de libre nombramiento y remoción, así como de nivel jerárquico superior; contando la medida con un nivel de importancia, al procurar la innovación y renovación del personal para el continuo mejoramiento del sector público. Por lo que constató que la medida dispuesta en la LOSEP es constitucional 

2021-12-21

Inconstitucionalidad del concurso de evaluación a jueces de la Corte Nacional

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El Estado tendrá que pagar a jueces indebidamente cesadosMediante sentencia No. 37-19-IN/21 la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del concurso de méritos y oposición que tuvo como finalidad evaluar y cesar las funciones a los últimos jueces de la Corte Nacional de Justicia.El Estado tendrá que indemnizar a los jueces cesados en sede contencioso administrativa. Para el cálculo de la indemnización se deberá tomar en cuenta la última remuneración percibida por el magistrado cesado multiplicada por el tiempo que le quedaba en funciones, hasta llegar a los tres años.

2021-11-24

Sentencia No. 28-15-IN/21: Inconstitucionalidad de la norma que daba preferencia a la madre sobre la tenencia del menor

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Ya no existe la regla que prefiere la tenencia del menor a la madre en caso de divorcioLa Corte Constitucional a través de seis votos favorables declaró la inconstitucionalidad de las frases del artículo 106 del Código de la Niñez que daban una preferencia a la madre sobre el cuidado del niño cuando no existía un acuerdo entre los progenitores.En la parte resolutiva de la sentencia se dispuso a la Defensoría del Pueblo preparar un informe con parámetros guías que sirvan para otorgar la tenencia del menor. Parámetros que no pueden basarse en  roles de género.También se ordenó a la Asamblea que en el plazo de 12 meses contados desde la presentación del informe de la Defensoría del Pueblo, continúe el debate del Proyecto del “Código Orgánico para la Protección Integral de niñas, niños y adolescentes” respecto a lo relacionado con el encargo de la tenencia, siguiendo los parámetros dados en la sentencia  

2021-09-29

Sentencia No. 10-18-IN/21 – Tipificación de infracciones administrativas

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Para que una tipificación cumpla con el principio de proporcionalidad deberá tomarse en cuenta la gravedad de la infracciónLa Corte Constitucional señaló que, en el plano normativo, la proporcionalidad exige que exista una adecuada correspondencia entre la sanción administrativa y la conducta o categoría de conductas que se reprochan.Para ello se deberá tomar en cuenta la gravedad de la conducta (infracciones leves, graves o gravísimas), la intencionalidad, la naturaleza y extensión de los perjuicios causados o del riesgo producido, la reincidencia, la finalidad de la regulación para el interés público, entre otros, son parámetros sin los cuales no es posible concluir que exista proporcionalidad entre todas y cada una de las infracciones previstas y la sanción establecida para ellas.En síntesis, no puede existir una misma sanción para diferentes tipos de infracciones que afecta los intereses públicos en diferentes grados.

2021-09-22

Sentencia No. 60-16-IN /21 – Control de actos normativos infralegales

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No todo acto normativo puede ser cuestionado mediante acción de inconstitucionalidadLa Corte Constitucional recordó que cuando el análisis jurídico de una norma infra legal no requiere acudir a normas constitucionales para resolverlo, entonces no es objeto de control abstracto de constitucionalidad. Así, la contradicción de una ordenanza frente a otras disposiciones legales es un asunto de legalidad que tiene que resolverse mediante mecanismos de control de legalidad, como lo es la acción objetiva o de exceso de poder ante el contencioso administrativo

2021-09-22

Sentencia No. 57-17-EP/21 – Abandono de la demanda

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No pueden declararte el abandono en un proceso si el juez no ha despachado un pedido de las partes

Para respetar el derecho a la tutela judicial efectiva en su componente del acceso a la justicia y a obtener una respuesta a la pretensión, las autoridades judiciales, previo a declarar el abandono en la causa, deben verificar: (i)a quién le es atribuible la falta de impulso procesal; y (ii) si las solicitudes realizadas por las partes dentro del proceso han sido contestadas oportunamente

Si una autoridad judicial incumple con su obligación de dar contestación a una solicitud de las partes, no opera la figura del abandono, pues “no se puede presumir la voluntad de las partes de dar por terminado un proceso por la negligencia del juzgador, si al contrario estas se encuentran a la espera de una contestación a su petición”.En ese orden de ideas, si se declara el abandono a pesar de que no se ha despachado una petición, se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.

2021-11-01

Resolución No. 10-2021 – CNJ (Caducidad del informe CGE)

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Se declara PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO, el punto de derecho que contiene la siguiente regla:El artículo 26 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado establece un plazo o término fatal, según corresponda, de cumplimiento obligatorio por parte del ente de control, vencido el cual opera la caducidad de la facultad contralora y determina que la aprobación del informe de auditoría gubernamental esté viciada de nulidad absoluta, toda vez que el funcionario público que lo apruebe ha perdido competencia en razón del tiempo; por lo que la Contraloría General del Estado en sede administrativa, o los Tribunales de lo Contencioso Administrativo en sede jurisdiccional, están obligados a declararla de oficio o a petición de parte, en aplicación de la garantía de preclusión y del principio de la seguridad jurídica”

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